CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN: El presente Contrato, celebrado entre Multimarcas Joycar S.L. con CIF nº B-73578882 y domicilio social en Avenida del Palmar, 577, Murcia, 30152 en adelante Joycar Rent a Car (también llamado arrendador) y el Arrendatario, cuyos datos identificativos quedan recogidos en el anverso del Contrato, (en adelante el arrendatario).
Joycar Rent a Car entrega al arrendatario en alquiler el vehículo descrito en el correspondiente contrato firmado por el mismo, en perfectas condiciones de funcionamiento, con todos sus documentos, neumáticos, herramientas y accesorios así como en buen estado general de limpieza.
El arrendatario se compromete expresamente pero no exclusivamente a:
En el momento de la firma del contrato, el arrendatario abonará a Joycar Rent a Car, además del importe de la liquidación del contrato correspondiente, una cantidad de hasta 3000 Euros dependiendo del modelo del vehículo, en concepto de caución / depósito o fianza. La fianza exacta aplicable a cada alquiler viene reflejada en el anverso, indicado como “Franquicia”.
El depósito sólo se aceptará mediante bloqueo o cobro contra una o dos tarjetas de crédito VISA o MASTERCARD que obligatoriamente deberán figurar a nombre del arrendatario.
En caso de que dicha cantidad depositada en fianza no cubra en su totalidad los posibles cargos adicionales que pudieran generarse por incumplimiento de alguna de las condiciones y/o exclusiones de las coberturas de accidente y robo, el arrendatario deberá abonar al arrendador la diferencia y autoriza al arrendador a efectuar cargos posteriores tal y como se menciona en el punto 4.1.
En caso de no producirse ningún cargo extra, el arrendador desbloqueará o devolverá, según proceda, dicho depósito al arrendatario una vez finalizado el contrato, en un plazo máximo de veintiocho (28) días laborales.
El vehículo se devolverá en el lugar, fecha y hora estipulados en el contrato y en el mismo estado en que se entregó por el arrendador, con todos sus documentos, neumáticos, llaves, herramientas y accesorios. Cualquier alteración en las condiciones de devolución pactadas podrá repercutir en cargos adicionales para el arrendatario.
La duración del contrato de alquiler no podrá exceder en ningún caso más de 28 días.
En caso de finalización anticipada del contrato por decisión del arrendatario, éste no tendrá derecho a la devolución de los días no disfrutados del alquiler.
Existe un margen de cortesía de 59 minutos de retraso en la devolución del vehículo con respecto a la hora pactada, por lo que si el mismo se devuelve fuera de ese margen el arrendatario abonará un importe extra correspondiente como mínimo a un día de alquiler. El importe final por este motivo, quedará supeditado al momento de la devolución del vehículo.
En caso de que el arrendatario quiera prolongar en el tiempo el alquiler de su vehículo debe comunicarlo con la suficiente antelación al arrendador, firmar en el momento un nuevo contrato de los días prolongados y abonar un nuevo importe de forma inmediata para la cobertura de este nuevo servicio, no garantizando el arrendador que dicha prolongación pueda efectuarse.
En caso de que la devolución del vehículo no se realice en el lugar, fecha y hora estipulada en el contrato, esto facultará a Joycar Rent a Car a cobrar el importe correspondiente a los días adicionales por el retraso además del pago de 75 euros en concepto de penalización por los perjuicios económicos ocasionados, así como cualquier gasto derivado de la repatriación y/o recuperación del vehículo.
El incumplimiento de esta condición faculta al arrendador a hacerse cargo del vehículo sin previo aviso o requerirlo judicialmente.
Con el fin de garantizar la reciprocidad en el contrato, el arrendador se compromete a indemnizar al arrendatario el importe de 35 euros en concepto de entrega con retraso, en el supuesto de que no esté el vehículo disponible en la fecha y hora pactada de entrega en el presente contrato.
4.1 Cargos por alquiler
El arrendatario está de acuerdo en que Joycar Rent a Car realice con posterioridad a la finalización del alquiler del vehículo, por medio de sistemas de pago electrónicos o de cualquier otro sistema de cobro, sin su autorización expresa, cargos por los siguientes conceptos:
El importe del cargo que se efectúe al arrendatario por los daños causados al vehículo, se calculará teniendo en cuenta la tasación realizada por gabinete pericial externo a Joycar Rent a Car , o cuando no pueda realizarse a priori dicha cuantificación, se cargará la cuantía que resulte de una primera valoración realizada por personal cualificado de Joycar Rent a Car según tarifa de precios publicada en la web www.grupojoycar.com/cargos-danos/ y que están a disposición en la oficina de recogida del vehículo, cuya existencia e importes declara conocer el arrendatario, estando conforme con los mismos.
Todo lo anterior es de aplicación sin perjuicio de una posterior liquidación y ajuste, una vez obtenido un presupuesto de reparación realizado por un taller o una tasación realizada por un gabinete pericial, externo a Joycar Rent a Car.
Joycar Rent a Car se reserva así mismo la potestad de cobrar al arrendatario una indemnización por la pérdida de beneficios por la inmovilización del vehículo como consecuencia de los daños sufridos (paralización). Dicha indemnización será calculada sobre el número de días que sea necesario invertir en la reparación del vehículo, establecidos por perito externo a Joycar Rent a Car o, una vez realizada la reparación, computando un día por cada ocho horas de trabajo invertidas por el taller reparador y utilizado como base de cuantificación la tarifa diaria de ocupación contratada.
En cualquier caso, la responsabilidad máxima del arrendatario será siempre el valor del vehículo en el mercado, según el precio máximo establecido en la guía Ganvam vigente en el momento del accidente.
4.2 Forma de pago
Por motivos de seguridad, únicamente se aceptará el pago mediante tarjeta de crédito VISA o MASTERCARD. La tarjeta de crédito debe estar a nombre de la persona que figure como titular del contrato de alquiler.
De forma excepcional, únicamente se aceptará el pago mediante tarjeta de débito para los arrendamientos contratados con cobertura total.
El pago del alquiler del vehículo y de los diferentes conceptos adicionales se efectuará en la moneda elegida por el arrendatario, aceptándose las operaciones en multidivisa, con sujeción a las condiciones de la Entidad Bancaria que gestiona el pago.
En la liquidación de los contratos se incluye el pago de las coberturas del seguro obligatorio del automóvil y de responsabilidad civil ilimitada. Estas coberturas quedan garantizadas y se asumen por el asegurador con el que el arrendador tiene concertada la correspondiente póliza de seguro, quedando el arrendatario y conductores autorizados, mediante la firma de este contrato, adheridos como asegurados a dicha póliza.
No se consideran terceras personas a efectos del seguro el cónyuge, ascendientes, descendientes y hermanos o parientes del arrendatario o conductores autorizados, así como sus socios o personas que tengan con los mismos relación mercantil, laboral o de dependencia.
5.1. Cobertura por accidente:
Exime al arrendatario (salvo el importe de la franquicia, la paralización y del cargo por gestión de accidentes) de la responsabilidad económica y civil por daños producidos al vehículo.
Exenciones expresas de la cobertura por accidente:
5.2. Cobertura por robo o incendio:
Exime al arrendatario (salvo el importe de la franquicia y la paralización) de la responsabilidad económica y civil por la pérdida total o parcial del vehículo por actos de vandalismo o incendio fortuito y espontáneo del mismo.
Exenciones expresas de la cobertura de robo e incendio:
5.3. Franquicia:
Se establece en el presente contrato una franquicia de hasta 3.000 Euros, dependiendo del grupo de vehículo, a cargo del arrendatario. El arrendador podrá exigir al arrendatario, en el momento de la formalización de este contrato, el depósito de una cantidad de hasta 3.000 Euros, no eximible, en concepto de franquicia, hasta la cual el arrendatario soportará los daños y/o pérdidas ocasionado/as al vehículo no cubiertos en la cobertura por accidente ni en la de por robo o incendio. El importe exacto de franquicia aplicable a cada alquiler particular vendrá reflejado en el anverso como “Franquicia”.
En cualquier caso, si el arrendador no ha exigido el pago por adelantado de la franquicia, el arrendatario acepta expresamente con la firma de este contrato que asumirá cualquier cargo extra hasta el importe de la franquicia.
En caso de no producirse ningún daño y/o pérdida o, de producirse, se documente la responsabilidad de un tercero y exista aceptación firme o resolución judicial en perjuicio de ese tercero, el arrendador devolverá dicha franquicia, cuando éste la haya cobrado por adelantado, al arrendatario una vez finalizado el contrato.
5.4. Suplemento de Seguro y exención de Franquicia:
El arrendatario podrá liberarse del pago de la franquicia de hasta 3.000 Euros, del cargo por gestión de accidentes y de otras exclusiones del seguro ordinario, contratando y abonando, de forma opcional, el suplemento “Cobertura Premium” o “Cobertura Total” cuya contratación e importe figurará expresamente en el contrato. Dicha cobertura no podrá ser adquirida con posterioridad al inicio del contrato. Si no figura en el contrato el abono de alguna de las coberturas adicionales, se entenderá que no está contratado y el arrendatario asume expresamente toda la responsabilidad por los daños excluidos en estas condiciones generales. Una vez contratada esta cobertura no podrá ser cancelada anticipadamente ni se aplicarán devoluciones económicas por este concepto.
El arrendatario se compromete a informar a Joycar Rent a Car en un plazo máximo de cuarenta y ocho horas de cualquier siniestro y a transmitirle cuantas notificaciones se refieran a dicho siniestro aportando el correspondiente parte de accidente o datos completos de la parte contraria y posibles testigos.
El arrendatario no deberá prejuzgar ni reconocerá la responsabilidad del hecho, recogerá todos los datos posibles y notificará a las autoridades si existe culpabilidad de la parte contraria.
El arrendatario no abandonará el vehículo en la vía pública tomando siempre las medidas adecuadas para protegerlo.
En caso de accidente, indistintamente del causante de dicho accidente, y salvo que se haya contratado“Cobertura Premium” o “Cobertura Total”, el arrendador cobrará al arrendatario un cargo por gestiones administrativas de accidentes por importe de 60€.
En caso de avería mecánica las oficinas de Joycar Rent a Car disponen de los teléfonos de asistencia propios de cada marca de vehículo a los cuales deberá acudir el arrendatario en caso de no poder conducir el mismo hasta un taller cercano para el reconocimiento de la avería o hasta la oficina de Joycar Rent a Car más próxima.
Si el vehículo ha de ser reparado el arrendatario deberá informar al arrendador de la avería y de su coste a fin de que autorice por escrito la reparación en ese taller o decida repararlo en un taller concertado distinto.
El arrendatario deberá comprobar el nivel de líquidos y reponerlos si es necesario.
Los costes de reparaciones autorizadas o reposición de líquidos que hayan sido abonados por el arrendatario le serán devueltos por el arrendador, excepto pinchazos, contra presentación de los recibos correspondientes salvo que dicha avería haya sido causada por negligencia o mal uso del vehículo por el arrendatario, debiendo en este caso abonar dichos gastos más los gastos de desplazamiento, remolque y paralización del vehículo, o si dicha reparación no ha sido autorizada por el arrendador.
Es responsabilidad del arrendatario repostar el vehículo con el tipo de combustible adecuado, cuyo importe será siempre a su cargo. Cualquier gasto o reparación derivado por uso de combustible inadecuado será a cargo del arrendatario.
El vehículo deberá ser devuelto al menos con la cantidad de combustible en el tanque que figure en la casilla del apartado “devolución”. Si no fuese así, el arrendatario deberá abonar la cantidad de combustible faltante al precio vigente en ese momento.
La liquidación o importe total final del alquiler queda supeditada a que la devolución del vehículo se realice en las mismas condiciones en que fue entregado y en la fecha, hora y lugar previstos, por lo que el arrendatario, deberá abonar al arrendador, una vez devuelto el vehículo, cualquier cargo extra ocasionado imputable a dicho arrendatario en base a estas condiciones generales.
En ningún caso Joycar Rent a Car se hará responsable de los objetos robados, dañados, olvidados o perdidos en el interior de vehículo.
Joycar Rent a Car dispone de dispositivos homologados de retención para niños que podrán ser suministrados a los clientes que lo soliciten previo pago de la tarifa de alquiler. La instalación del mismo será únicamente responsabilidad del arrendatario. En caso de no devolución, pérdida o robo se le cobrará al arrendador la cantidad de 60€ por los dispositivos conocidos como “booster / elevador” y/o 150€ por los dispositivos conocidos como “Baby Seat”.
Joycar Rent a Car se reserva el derecho de resolver este contrato anticipadamente con carácter inminente y sin ningún tipo de indemnización en cualquiera de estos casos:
– si se produce el impago del contrato.
– cuando el arrendatario esté haciendo un uso no autorizado del vehículo.
Los datos son tratados por Multimarcas Joycar SL B-73578882 con la finalidad de dar correcto cumplimiento al contrato suscrito, realización tareas administrativas, contables o fiscales derivadas del contrato, así como mantenerle informado sobre nuevos servicios y/o productos de la empresa. Los datos han sido facilitados por usted mismo para la reserva del vehículo, y los datos tratados serán los necesarios para el cumplimiento de lo establecido en el Anexo II del Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor.
Los datos serán comunicados a las autoridades competentes, también en cumplimiento del citado Real Decreto.
Recuerde que en todo momento podrá acceder, corregir, eliminar y portar sus datos personales, así como oponerse y solicitar la limitación de los mismos. Puede ejercitar sus derechos, así como obtener más información en la dirección que consta en el encabezado de las presentes condiciones generales de contratación.
El presente contrato se regirá por las leyes españolas y, para el caso de que el arrendatario merezca la consideración de consumidor o usuario, cualquier discrepancia se someterá a la jurisdicción correspondiente al lugar del cumplimiento de la obligación, teniendo dicha consideración la del lugar donde se inició el alquiler, y todo ello conforme a lo expresamente establecido en la normativa vigente en materia de consumidores y usuarios.
No obstante, lo anterior, y conforme a lo expresamente establecido en el artículo 38 de la ley 16/1987, de 30 de Julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, Multimarcas Joycar S.L., manifiesta expresamente su voluntad en contra de que la resolución de cualquier controversia suscitada como consecuencia de la contratación de los servicios de arrendamientos de vehículos, sea resuelta a través de la Junta arbitral de Transporte.
Es responsabilidad del arrendador leer este contrato detenidamente; cualquier duda o disconformidad deberá hacerla constar antes de aceptar y/o firmar el contrato.
En caso de incumplimiento de cualquiera de estas cláusulas, la parte arrendataria asume toda la responsabilidad en cuanto a daños y perjuicios que pudiera ocasionar dicho incumplimiento tanto al arrendador como a terceros.